15 de septiembre de 2008

LA DEDITIO DE ALCÁNTARA

© Copyright JUAN GIL MONTES 2008

Un documento de rendición ante los romanos:




Placa de bronce fechada en el año 104 a.C. en la que aparece una inscripción de carácter jurídico (Deditio), mediante la cual el pueblo de los Seanos se rinde al gobernador romano de la Ulterior Lucio Caesio.

TEXTO:

“C. MARIO C. FLAVIO _ (COS).

L. CAESIO. C. F. IMPERATORE POPULUS. SEANO _(ORUM SE IN FIDEM)

DEDIT. L. CAESIUS. C. F. IMPERATOR POSTQUAM_(EOS IN FIDEM)

ACCEPIT. AD. CONSILIUM. RETOLIT. QUID. EIS.IM_ (PERANDUM )

CENSERENT. DE. CONSILI. SENTENTIA. INPERAV_(IT UT EI ARMA)

CAPTIVOS. EQUOS. EQUAS. QUAS. CEPISENT _(REDERENT. EIQUE)
OMNIA.DEDERUNT.DEINDE EOS.L.CAESIUS.C_(F.IMPERATOR LIBEROS)

ESSE. IUSSIT. AGROS. ET.AEDIFICIA.LEGES.CETE_(RAQUE OMNIA)
QUAE. SUA. FUISSENT. PRIDIE QUAM. SE. DEDID_ (ERUNT)

EXTARENT EIS. REDIDIT. DUM POPULUS _ (SENATUSQUE)

ROOMANUS. VELLET.DEQUE. EA RE EOS _ (AD CONSILIUM)

EIRE. IUSSIT. LEGATOS CREN _ (IUS ?¿. F.)

ARCO CANTONI. F. LEGATES”


TRADUCCIÓN:

“Consulado de Cayo Mario y Cayo Flavio.
A Lucio Cesio, hijo de Cayo, imperator, el pueblo de los Seano se rindió.
Lucio Cesio, hijo de Cayo, imperator, después que hubo aceptado preguntó al consejo lo que consideraba adecuado exigirles.
A partir del dictamen del consejo, exigió los prisioneros, los caballos y las yeguas que hubieran cogido. Lo entregaron todo. Después Lucio Cesio, hijo de Cayo, determinó que quedaran como estaban los campos y las construcciones; las leyes y las demás cosas que hubieran tenido hasta el día de la rendición se las devolvió para que siguieran en uso mientras el pueblo romano quisiera.
Y en relación con este asunto les ordenó a los legados que fueran (...?)
Crenio y Arco, hijos de Cantono, (actuaron como) legados”.


COMENTARIO:

La Placa, que actualmente se conserva en el Museo Arqueológico de Cáceres, fue encontrada el año 1983 en el interior del recinto amurallado de un poblado prerromano, posiblemente vettón o lusitano, llamado Castillejo de Villavieja, antigua finca de la Orden de Alcántara, situado a unos 7 Km. al suroeste de Alcántara, en el terreno circundado por un profundo meandro encajado del río Jartín, afluente del río Tajo por su margen izquierda.
El Castillejo de Villavieja o de la Orden está situado en un lugar estratégico, pudiendo apreciarse en la fotografia aérea un posible vado en el río Tajo a unos dos Kms de distancia de este enclave, que podría haber facilitado la expansión de los lusitanos hacia el sureste antes de la construcción del puente de Alcántara.
El bronce se encuentra en perfecto estado de conservación; pero el epígrafe aparece fragmentado en sentido vertical en su parte derecha. Esto hace que la palabra SEANO que identifica al pueblo que ocupaba el castro se encuentre partida, con lo cual desconocemos el nombre completo y, además, no tenemos tampoco referencias en las fuentes en base a este gentilicio.
El documento contiene el acto de rendición del pueblo de los Seanos al gobernador de la Ulterior Lucio Caesio, durante el consulado de Cayo Mario y Cayo Flavio, ratificando la dominación romana en la zona del Tajo en el 104 a.C. bien patente desde mediados de este siglo. El final de Viriato en el 139 a.C. habría significado el dominio romano por toda la Lusitania y la Vettonia situadas al sur del Tajo, no obstante, la sumisión de los pueblos lusitanos debió seguir un proceso bastante lento debido a sus continuas rebeliones posteriores.
Cabe la posibilidad de que el "populus Seano" no se limite solo a los habitantes del oppidum donde se encontraba el documento, sino que incluyera además a todos los poblados fortificados que aparecen en la zona más inmediata alrededor del Castillejo de Villavieja de la Orden situados en las empinados Riberos de las márgenes del Tajo y de su encajada red fluvial subsidiaria.
La relativa importancia de los testimonios materiales transmitidos y el protagonismo del populus de los Seano en el documento permiten suponer que se trataba de un grupo humano medianamente importante, que debería encontrarse entre las comunidades lusitanas contribuyentes a la construcción dos siglos después del puente romano de Alcántara y citadas en las inscripciones perdidas de esta obra pública.
Las excavaciones arqueológicas realizadas en el lugar del hallazgo han descubierto parcialmente la planta de un poblado, con varios recintos amurallados y un tipo de urbanismo con viviendas de planta rectangular, zócalos de pizarras y cubiertas vegetales amalgamadas con arcillas. Los estudios realizados con los materiales numismáticos y de sus dos necrópolis nos indican que el oppidum estuvo habitado desde el siglo IV a.C. hasta la época de Julio César, siendo abandonado al crearse los primeros núcleos urbanos como el de la Colonia Norba Caesarina, actual Cáceres, y posteriormente repoblado de modo circunstancial a finales del Bajo Imperio.


BIBLIOGRAFÍA:

-R. López Melero et al., El Bronce de Alcántara, Gerión,2, 1984. Ed.Universidad Complutense.Madrid.

-L.A. García Moreno, Reflexiones de un historiador sobre el Bronce de Alcántara, Memorias del Seminario de Hª Antigua I,Universidad de Alcalá,1987.

- M. Almagro Gorbea y A. Martín Bravo, Castros y Oppida en Extremadura, Editorial Complutense, extra nº 4, 1994.

-Ana Mª Martín Bravo, Los Orígenes de Lusitania, Real Academia de la Historia, BAH-2, Madrid, 1999.

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